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AMPLIACIÓN DE LOS ALCANCES DE LA LEGÍTIMA DEFENSA, DE ACUERDO A LA LEY N° 32026

La Ley N° 32026, publicada hoy 16 de mayo de 2024 en el Perú, introduce importantes modificaciones al Código Penal y al Código Procesal Penal para ampliar los alcances de la legítima defensa. A continuación, se detallan los cambios más destacados y sus implicancias:

Objetivo de la Ley

La Ley N° 32026 fue aprobada con el objetivo de clarificar y extender los alcances de la legítima defensa en diversas situaciones. Estas incluyen casos en los que una persona actúa para proteger su vida, integridad física, bienes, o la de terceros, frente a una agresión inminente e injusta. La ley establece parámetros más precisos para determinar cuándo se considera legítima la defensa propia, ampliando las circunstancias bajo las cuales se puede invocar este derecho. Además, introduce modificaciones específicas al Código Penal y al Código Procesal Penal para garantizar una aplicación más justa y efectiva de este principio legal.

Aspectos Relevantes

La Ley N° 32026 modifica el artículo 20 del Código Penal peruano para extender la protección bajo la figura de la legítima defensa. A continuación, se presenta un resumen de los aspectos más relevantes de esta ley:

  1. Especificación de eximentes de responsabilidad penal:La ley redefine y amplía los casos en los cuales se puede alegar legítima defensa, detallando de manera más precisa las circunstancias que eximen de responsabilidad penal a quien actúa en defensa propia.
  2. Protección de la vida e integridad física: Se incluye una ampliación explícita de la legítima defensa en situaciones donde una persona actúa para proteger su vida o integridad física frente a una agresión inminente e injusta.
  3. Defensa de bienes y terceros: La nueva redacción del artículo 20 extiende la legítima defensa a la protección de bienes y a la defensa de terceros, reconociendo el derecho a actuar en defensa de la propiedad y de otras personas ante amenazas inminentes.
  4. Ampliación del concepto de agresión inminente: Se clarifican los términos de “agresión inminente” e “injusta”, incluyendo escenarios específicos que justifican el uso de la fuerza en legítima defensa, lo que proporciona un marco legal más claro y amplio.
  5. Proporcionalidad de la defensa: La ley introduce criterios específicos para evaluar la proporcionalidad de la respuesta defensiva, diferenciando entre el uso de fuerza letal y no letal, y estableciendo atenuantes en situaciones de pánico o temor extremo.

Redefinición de la Inimputabilidad en Legítima Defensa

  • Uso de la Fuerza Letal: La ley permite explícitamente el uso de la fuerza letal en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros.
  • Condiciones para la Defensa:
    • Agresión Actual, Ilegítima y Real: La defensa debe responder a una agresión que esté ocurriendo en ese momento y que sea ilegítima y real.
    • Necesidad Racional del Medio Empleado: En lugar de la proporcionalidad, se evalúa la racionalidad del medio utilizado, teniendo en cuenta la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios disponibles para la defensa.
    • Falta de Provocación Suficiente: La persona que se defiende no debe haber provocado la agresión de manera significativa.
  • Aplicación en Situaciones Específicas:
    • La ley extiende la legítima defensa a situaciones de peligro inminente, protegiendo la vida o integridad de las personas frente a agresiones ilegítimas en inmuebles, vehículos, negocios, y otros lugares donde se tenga derecho legítimo de estar.

Modificación del Artículo 21 del Código Penal

  • Responsabilidad Restringida:
    • Si se usa un arma de fuego legalmente registrada en la defensa, esta será incautada por un periodo de 48 horas para investigaciones preliminares. Esta medida asegura que el uso de armas en defensa sea revisado cuidadosamente, equilibrando el derecho a la defensa con el control del uso de armas.

Incorporación al Nuevo Código Procesal Penal

  • Se incorpora el Literal d) al Artículo 268: Se establece que no procede la prisión preventiva en casos de legítima defensa, a menos que existan antecedentes o pruebas claras que justifiquen la existencia de un delito o una sentencia condenatoria firme. Esta disposición protege a las personas que actúan en legítima defensa de medidas restrictivas como la prisión preventiva, garantizando que solo se aplique en casos donde haya evidencia clara de delito.

Implicancias de la Ley N° 32026

  1. Protección Ampliada para la Legítima Defensa:
    • Clarificación de los Criterios de Defensa:
      • La ley proporciona criterios más claros y específicos para la legítima defensa, reduciendo la ambigüedad y las interpretaciones erróneas en situaciones de defensa personal.
    • Restricción de Prisión Preventiva:
      • La exclusión de prisión preventiva en casos de legítima defensa protege a los defensores legítimos de detenciones injustificadas, asegurando que solo se aplique en casos con evidencia suficiente de delito.
  2. Mayor Protección Legal en Situaciones de Defensa Propia:La Ley N° 32026 amplía significativamente la protección legal para las personas que actúan en defensa propia o de terceros, permitiendo el uso de la fuerza letal y reemplazando el criterio de proporcionalidad con una evaluación racional del medio empleado. Esto proporciona un marco más robusto y contextualizado para la legítima defensa.
  3. Equilibrio entre Derecho a la Defensa y Control del Uso de la Fuerza: Las modificaciones introducidas por la ley buscan equilibrar el derecho de los individuos a defenderse con la necesidad de controlar y revisar el uso de la fuerza, creando un sistema legal más justo y efectivo.

Área Penal y Prevención de GKL Consulting

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